CAPITULO 2 : ADHERENTES ,AFILIADOS , SOCIO GLOBAL , MAESTROS.
Art. 10 : Podrá ser adherente cualquier ser vivo de cualquier edad .
Art. 11 : Podrá ser afiliado las mujeres , hombres mayores de 18 años que adhieran a la Declaración de Principios del Partido de la Tierra y cumplan las formalidades previstas en esta Carta Organica y lo dispuesto por el Dec.Ley 9889/82 y Ley 23298 y sus modificaciones.
Art. 12 : Podrá ser Socio Global , los adherentes o afiliados , que quieran participar de las actividades , asambleas en cualquier lugar del mundo. Podrán solicitar este status las personas con más de un año de antigüedad y con la aprobación del Departamento Global de su país.
Art. 13 : Los Maestros son afiliados que han tenido experiencia de al menos un año ,en un cargo político en elPartido de la Tierra. El status se asigna en forma automatica por el Departamento Global . Los Maestros tendrán el deber de transmitir sus experiencias a los adherentes , afiliados y Socios Globales.
Art.14 : Las afiliaciones deben ser presentadas personalmente en los Consejos Locales , Consejos Regionales o en los Departamentos Globales.
Art.15 : Los adherentes pueden asociarse personalmente en los Consejos Locales , Consejos Regionales o enlos Departamentos Globales; también podrán hacerlo por carta o via internet.
Art. 10 : Podrá ser adherente cualquier ser vivo de cualquier edad .
Art. 11 : Podrá ser afiliado las mujeres , hombres mayores de 18 años que adhieran a la Declaración de Principios del Partido de la Tierra y cumplan las formalidades previstas en esta Carta Organica y lo dispuesto por el Dec.Ley 9889/82 y Ley 23298 y sus modificaciones.
Art. 12 : Podrá ser Socio Global , los adherentes o afiliados , que quieran participar de las actividades , asambleas en cualquier lugar del mundo. Podrán solicitar este status las personas con más de un año de antigüedad y con la aprobación del Departamento Global de su país.
Art. 13 : Los Maestros son afiliados que han tenido experiencia de al menos un año ,en un cargo político en elPartido de la Tierra. El status se asigna en forma automatica por el Departamento Global . Los Maestros tendrán el deber de transmitir sus experiencias a los adherentes , afiliados y Socios Globales.
Art.14 : Las afiliaciones deben ser presentadas personalmente en los Consejos Locales , Consejos Regionales o en los Departamentos Globales.
Art.15 : Los adherentes pueden asociarse personalmente en los Consejos Locales , Consejos Regionales o enlos Departamentos Globales; también podrán hacerlo por carta o via internet.
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